domingo, 17 de septiembre de 2017

CONSEJO DE ESTUDIANTES

CONSEJO DE ESTUDIANTES

1290959438TZKgZw
El Consejo de Estudiantes es el órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados y CLEI ofrecidos por el establecimiento. Para su elección, se hará dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, se convocará la asamblea integrada por los alumnos que cursen cada grado y cada CLEI, con el fin de que elijan, mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESTUDIANTIL
1. Darse su propia organización interna.
2. Elegir el representante de los estudiantes al Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
4. Las demás actividades, fines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario